Renuncia a Matrícula

La renuncia a la matrícula está contemplada en la disposición trigésimo sexta de la Resolución de 5 de julio de 2024, que puedes consultar a continuación.

Resolución de 5 de julio de 2024 de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, por la que se dictan instrucciones sobre la ordenación y organización de los ciclos formativos de grado medio y de grado superior en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en aplicación del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.

Las solicitudes de renuncia de matrícula, para los alumnos de distancia, se deben presentar durante los primeros quince días lectivos del inicio efectivo del curso de la alumna o del alumno.

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